miércoles, 21 de marzo de 2012

PROCESO DE ADMISION CURSO 2012/2013

OFERTA DE PLAZAS Y BAREMACIÓN DE SOLICITUDES
  • Se obtendrá plaza si la oferta de puestos escolares en el centro pretendido es superior o igual al de solicitudes presentadas, no siendo necesario en este caso proceder a su baremación. Cuando el número de solicitudes supere al de vacantes ofertadas por el centro solicitado, se procederá a la baremación de dichas solicitudes. Si el alumnado no obtuviera plaza en este centro, la puntuación alcanzada en la baremación, detrayendo la obtenida en el apartado del consejo escolar, servirá de criterio de ordenación para que se adjudiquen, en concurrencia con todas las solicitudes no admitidas de éste y de otros centros, las vacantes existentes en el segundo o tercer centro solicitado u otro.
  • La valoración de los criterios de admisión se realizará conforme al baremo establecido en los artículos 9 y 11 Decreto 61/2007, de 26 de marzo.
  • Para asignar la puntuación correspondiente al criterio de baremación de la renta de la unidad familiar, se aplicará el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) correspondiente al año 2010, que en cómputo anual es de 6.390,13 euros, por ser la cuantía establecida por la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 (BOE nº 309, de 24 de diciembre), en los casos en los que, como en el presente procedimiento de admisión, la normativa reguladora del proceso (Decreto 61/2007, de 26 de marzo) no haga referencia al salario mínimo interprofesional.
  • La letra que se aplicará para los supuestos de desempate será la "Z", de acuerdo con el resultado del sorteo efectuado en la sede de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa. La consideración de los apellidos y del nombre del alumnado se hará de acuerdo a la transcripción literal de dichos datos en el D.N.I. del alumnado, si lo tuviera, o en el Libro de Familia en el que esté inscrito. . En el caso de alumnado extranjero, se hará según conste en el pasaporte.
EDADES

 La admisión en Segundo ciclo de educación infantil se llevará a cabo según la siguiente tabla:
1º Alumnado que cumpla 3 años en 2012 (nacidos año 2009)
2º Alumnado que cumpla 4 años en 2012 (nacidos año 2008)
3º Alumnado que cumpla 5 años en 2012 (nacidos año 2007)
Para solicitar plaza en el primer curso de educación primaria se requiere que el alumnado cumpla los seis años en el año 2012.
INFORMACIÓN SOBRE EL CENTRO Y LAS PLAZAS QUE OFERTA

Antes de la fecha de inicio del procedimiento de admisión se expondrá de forma destacada en el centro la información referida a las características específicas del mismo, en lo referente a plazas escolares disponibles, a los niveles educativos que imparte, zonas de influencia, tipo de jornada escolar, horario de funcionamiento, servicios escolares, oferta idiomática, criterio de admisión complementario establecido por el consejo escolar, información sobre las líneas generales del proyecto educativo del centro o, si es el caso, sobre su carácter propio. A estos efectos, se podrán consultar determinadas características específicas de los centros públicos en la Web, http://http://www.blogger.com/goog_1890916513, en el acceso "alumnado", "estudios no universitarios", "admisión de alumnos".
CAMBIO DE CENTRO
El alumnado de educación infantil o educación primaria que opte por cambiar de centro para continuar la etapa deberá presentar la solicitud, con el CIAL consignado, en el centro elegido en primer lugar.
SOLICITUDES

Las solicitudes de admisión del alumnado de educación infantil (segundo ciclo) y primaria se adecuarán al modelo oficial que figura como anexo II de esta Resolución, que contiene el impreso de solicitud, las instrucciones complementarias para su cumplimentación y la documentación que se debe adjuntar. Los impresos de solicitud podrán ser generados vía web, en la página http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/, en el acceso "alumnado", "estudios no universitarios", "admisión de alumnos".
PUBLICACIÓN DE LISTAS Y RECLAMACIONES
Los centros publicarán en los tablones de anuncios las listas provisionales de admitidos y no admitidos, con especificación de la puntuación obtenida, generadas por la aplicación informática de admisión, en las fechas indicadas en el anexo I de la presente Resolución, sin perjuicio de su publicación, a título informativo, en la Web institucional de la Consejería de Educación, Universidades Y sostenibilidad.
Los interesados no conformes con el resultado de la adjudicación podrán reclamar ante el Consejo Escolar del centro en el plazo establecido en el anexo I.
El mismo plazo de reclamaciones servirá para que el alumnado que haya solicitado plaza en un centro diferente al adscrito pueda renunciar a la petición de los centros solicitados antes de la publicación de las listas definitivas. Una vez publicadas dichas listas, el alumnado admitido en estas circunstancias perderá su plaza en el centro de adscripción.
PERMANENCIA EN EL MISMO CENTRO
El alumnado procedente de los colegios de educación infantil y educación primaria que se trasladen al centro de adscripción de educación primaria o educación secundaria, respectivamente, no tendrán que realizar ningún trámite para la admisión en el centro al que están adscritos, ya que la gestión se realizará de forma conjunta por los dos centros. Tampoco realizará trámite alguno el alumnado que continúe en su propio centro.
FORMALIZACIÓN DE LA MATRICULA
El alumnado admitido deberá formalizar la matrícula en las fechas indicadas en elanexo I de la presente Resolución.
Los documentos necesarios para la matrícula del alumnado que solicita plaza por primera vez en el centro son, con carácter general, los incluidos en el artículo 13 de la citada Orden de 27 de marzo de 2007.
Cuando se trate de alumnado procedente de otro centro, el Historial Académico de Educación Infantil o el Historial Académico de Educación Primaria y, en su caso, el Libro de Escolaridad de la Enseñanza Básica, junto con el informe personal por traslado, serán remitidos por el centro de procedencia a requerimiento del centro donde el alumnado se haya matriculado.
De no formalizarse la matrícula en los plazos previstos en el centro adjudicado, se entenderá que renuncia a la plaza obtenida en la adjudicación, perdiendo además su derecho a la reserva de plaza escolar en el centro de procedencia o en el de adscripción.
COMEDOR
En los centros con comedor escolar, el alumnado que desee solicitar plaza en este servicio deberá cumplimentar el impreso que el centro le facilite y aportar la documentación requerida.
PUBLICADA LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS E INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO, EL MODELO DE SOLICITUD Y LAS INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN DEL ALUMNADO EN CENTROS PÚBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA PARA EL CURSO ESCOLAR 2012/2013.

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CALENDARIO DE ADMISION DEL ALUMNADO INFANTIL Y PRIMARIA