miércoles, 30 de marzo de 2011

criterios que se siguen para adjudicar las plazas en un colegio cuando hay mas solicitudes que plazas ofertadas
CRITERIOS QUE SE SIGUEN PARA DAR LOS PUNTOS
Los criterios generales de prioridad para la admisión del alumnado cuando no existan plazas suficientes, así como la puntuación que en cada caso se aplica para baremar las solicitudes, son los siguientes:
1. Hermanos matriculados en el centro o padres o tutores legales que trabajen en el mismo

  •  Primer hermano: 5 puntos.
  • Cada uno de los hermanos siguientes: 3 puntos.
  • Padres o tutores legales que trabajen en el centro: 1 punto.
La anterior puntuación se refiere a hermanos que estén matriculados en el centro ACTUALMENTE. No se aplica cuando el solicitante ha tenido hermanos matriculados en algún momento pero ya no están en el colegio. Lo mismo ocurre con los padres o tutores que trabajan en el.
2. Proximidad al centro del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres :
  • En la misma área de influencia: 4 puntos.
  • Áreas limítrofes: 2 puntos.
  • Áreas no limítrofes pero dentro del municipio: 1 punto.
Hay que tener en cuanta que la petición se hace en base a un solo criterio. No se puede pedir el colegio que pedimos en primera opción por proximidad al domicilio y el de segunda opción por proximidad al lugar de trabajo.El área de influencia de los centros la establece la Consejería de educación y en los próximos días se podrán consultar todas las áreas de influencia en su WEB.
3. Rentas anuales de la unidad familiar
Atendiendo a las especificidades que para su cálculo se aplican a las familias numerosas y aplicando como parámetro el Índice Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) o equivalente:
  • Rentas iguales o inferiores al IPREM: 3 puntos.
  •  Rentas superiores al IPREM que no sobrepasen el doble del mismo: 2 puntos.
  • Rentas superiores al IPREM que no sobrepasen el cuádruple del mismo: 1 punto.
Para asignar la puntuación correspondiente al criterio de baremación de la renta de la unidad familiar, se aplicará el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) correspondiente al año 2009, que en cómputo anual es de 6.326,86 euros, por ser la cuantía establecida por la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009 (BOE nº 309, de 24 de diciembre). - BOC nº 59 de 22 de marzo de 2011.
4. Discapacidad
Concurrencia de discapacidad en el alumno, en alguno de sus hermanos, padres o tutores legales:
  • Discapacidad en el alumno: 3 puntos.
  • Discapacidad en alguno de los padres o tutores legales: 2 puntos.
  • Discapacidad en alguno de los hermanos: 1 punto.
5. Criterios complementarios
Los criterios complementarios y la correspondiente puntuación aplicada en cada caso para baremar las solicitudes, son los siguientes:
Familia numerosa:Condición legal de familia numerosa: 1 punto
Criterio del consejo escolar :
Cualquier otra circunstancia previamente establecida y publicada en el tablón de anuncios del Consejo Escolar del primer centro solicitado, que tenga carácter objetivo y adecuada justificación: hasta 1 punto.  Este punto el Consejo escolar lo puede otorgar solamente a una ciscunstancia como por ejemplo dar un punto a familias monoparentales o dividirlo como por ejemplo dar 0,5 puntos a hijos de antiguos alumnos y 0,50 a niños que han tenido hermanos en el centro, o incluso puede decidir no otorgarlo a nadie.
SI HAY UN EMPATE
Los empates que se produzcan en la puntuación total que determina el orden final para la admisión, se resolverán aplicando la puntuación alcanzada, con carácter decreciente, en cada uno de los criterios establecidos en el artículo 9 (Hermanos - Proximidad - Renta - Familia numerosa - Punto del consejo escolar) y en su mismo orden. Cuando persista el empate, la prioridad en el orden de lista vendrá dada aplicando como primera letra, de forma sucesiva en los dos apellidos y en el nombre, la que resulte del sorteo efectuado durante el procedimiento de admisión convocado en cada curso escolar, que este año ha sido la A - BOC nº 59 de 22 de marzo de 2011.
CUANDO NO ME DAN PLAZA EN EL CENTRO QUE HE SOLICITADO EN PRIMER LUGAR 

Si el alumno no obtuviera plaza en este centro, la puntuación alcanzada en la baremación, una vez detraída la puntuación correspondiente al criterio complementario determinado por el Consejo Escolar, servirá de criterio de ordenación para que la Comisión de Escolarización adjudique, en concurrencia con todas las solicitudes no admitidas de éste y de otros centros, las vacantes existentes en los posteriores centros indicados para cuando la demanda supere la oferta. De no existir vacante en ninguno de ellos o no haber formulado petición la familia en los casos de escolarización obligatoria, la Comisión de Escolarización adjudicará de oficio para asegurar la correcta escolarización del alumno en su propio municipio o zona de escolarización establecida, conforme a lo que determine la pertinente convocatoria anual.



NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO del Centro Educativo


Las Normas de Organización y Funcionamiento NOF regulan, como su propio nombre indica, la normativa relacionada con la organización y funcionamiento del centro educativo. En ellas quedarán concretados:

a) Las normas de convivencia que garanticen el correcto desarrollo de las actividades académicas.
b) Las relaciones entre los distintos miembros de la comunidad escolar.
c) El Plan de Difusión de las NOF y su modificación.

Las NOF se incluyen en un documento abierto, revisable en cualquier momento, cuyo único objetivo es regular y fijar el marco de la convivencia en el Centro. De hecho, se revisará al principio de cada curso escolar, su contenido será consensuado y se dará publicidad a los aspectos más relevantes, muy especialmente en lo que respecta a los alumnos, padres y profesores nuevos en el Centro.

Afectará por igual a todos los miembros de la Comunidad Educativa, y su cumplimiento tiene carácter obligatorio.

martes, 29 de marzo de 2011

CALENDARIO DE ADMISION CURSO 2011/2012
EDUCACION INFANTIL Y PRIMARIA
AÚltimo día para publicación de plazas disponibles7 de Abril
D
MPresentación de solicitudesDel 7  Al 29 Abril
I
SPublicación de listas provisionales23 de Mayo
I
OReclamación a las listas provisionales y renunciasHasta el 25 de Mayo
N
Publicación de las listas definitivas6 de Junio
M A T R I C U L A
Plazo obligatorio de matrículaDel 6 al 17 de Junio